La sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar a una medida cautelar solicitada por un ex afiliado a una Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) y ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) depositar en un plazo fijo "bajo apercibimiento de embargo" los fondos que estaban en la cuenta personal del demandante y que provenían de aportes voluntarios.
En ese plazo fijo, "renovable a 30 días" y a nombre del juzgado en el que se inició la causa, deberá resguardar el dinero hasta tanto quede resuelta en forma definitiva la cuestión de fondo, según indica la sentencia. O sea, hasta que se disponga qué ocurrirá con los montos acumulados por esos aportes que se hicieron más allá de lo que obligaba la ley y que, en el régimen de capitalización, tenían el objetivo de mejorar el monto de las jubilaciones futuras, según consigna el diario La Nación en su edición de hoy.
El beneficiario de la medida cautelar es Gabriel Mayor, un ex afiliado a Met AFJP.
De acuerdo con el abogado Héctor Trevisán, del Estudio Trevisán que patrocinó al demandante, la ANSES podría apelar la medida, pero eso no la eximiría de tener que hacer el depósito, por un monto equivalente al saldo que por las imposiciones voluntarias había en la cuenta de Mayor al 3 de noviembre del año pasado, informa el matutino.
Hasta ahora -publica el matutino- se habían conocido medidas cautelares dictadas por juzgados de primera instancia y una sentencia definitiva -también de primera instancia- que le dio la razón a un afiliado que buscaba recuperar sus aportes voluntarios.
En el caso de Mayor, el pedido de medida cautelar había sido desestimado por el juzgado número 8 de primera instancia, por considerarse que no había peligro que justificara resguardar los fondos mientras se tramitara la demanda. Sin embargo, la sala III, con voto dividido, sí accedió al pedido de una cautelar. Entre los fundamentos de la decisión se menciona el uso que, sin controles, estuvo haciendo la ANSES de los fondos previsionales.
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